Las personas que por razón de enfermedad, edad, o cualquier otro motivo, no tienen plena capacidad para tomar decisiones se ven imposibilitadas de firmar documentos y administrar sus bienes. Cuando una persona va a notarizar un documento, debe tener capacidad de comprensión de lo que esta firmando, y si padece de alguna enfermedad que le afecte su capacidad podría tener problemas al tratar de ejecutar actos de administración de sus bienes. Si la persona ya ha sido diagnosticada por un medico con una enfermedad que afecte la capacidad como lo es el alzhimer, o la demencia senil, sus actos de administración podrían impugnarse por familiares o terceros afectados, y aunque la ley presume que tenemos capacidad, un diagnostico de ese tipo podría facilitar la impugnación del acto. Es por esto que es de suma importancia que antes de que sea tarde la persona prepare un "durable power of attorney" que autoriza a otro a firmar por el. De lo contrario el único remedio que tendrá la familia es la incapacitaron judicial y nombramiento de tutor para que este actúe en su nombre en todo lo que tenga que ver con la administración de los bienes.
La incapacidad judicial es un procedimiento en la corte mediante el cual con evidencia de un medico debidamente cualificado se demuestra con prueba robusta que la persona no tiene capacidad, y debe privarse judicialmente de su derecho a ejecutar actos de administración. El tribunal nombra un tutor que deberá cumplir con ciertos requisitos, y que periódicamente tendrá que someter informes financieros de todo lo que ha hecho con los bienes del incapacitado. Cuando hay pugna entre los familiares el tribunal puede nombrar un tutor profesional que a su vez contratara a un abogado, y ambos cobraran por sus servicios de los bienes que tenga el incapacitado. Para evitar esta situación se recomienda que prepare los documentos básicos de planificación de herencia.